miércoles, 18 de junio de 2008

Diario Oficial publica reglamento sobre personas carentes de recursos de la Reforma Previsional


La normativa establece que se considerarán como personas carentes de recursos quienes hayan obtenido un puntaje igual o inferior a 8.500 puntos en su Ficha de Protección Social.

En el Diario Oficial fue publicado el reglamento para la determinación de los beneficiarios carentes de recursos, dictado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y suscrito por los Ministerios de Hacienda y Planificación, para los efectos del la ley 20.255 que establece la Reforma Previsional.

La normativa señala que se considerarán como personas carentes de recursos quienes hayan obtenido un puntaje igual o inferior a 8.500 puntos por aplicación de la Ficha de Protección Social.

Esto implica que los beneficiarios de una Pensión Básica Solidaria que se encuentren en esta condición, no deberán cotizar el 7% para salud.

Asimismo, en el caso de aquellos carentes de recursos que reciban una Pensión Básica Solidaria de Vejez, y respecto del requisito de residencia, el cómputo de ésta se hará desde el nacimiento del peticionario y no desde que cumpla los veinte años de edad, como es la regla general.

Adicionalmente, las personas en esta condición y que reciban una Pensión Básica Solidaria de Vejez, causarán asignación por muerte, es decir, una vez fallecido se otorgará a sus herederos una asignación en dinero para los gastos funerarios.

Las personas carentes de recursos representan al grupo más vulnerable dentro de la sociedad y por eso están dentro del 40% de los hogares de menores ingresos de la población, segmento al que van dirigidas las Pensiones Básicas Solidarias y los Aportes Previsionales Solidarios desde julio de 2008 a junio de 2009.

El reglamento del Sistema de Pensiones Solidarias establece que para estar dentro del los hogares pertenecientes al 40% de menores ingresos el puntaje obtenido en la Ficha de Protección Social debe ser igual o inferior a 11.734 puntos.

El futuro Instituto de Previsión Social, actual Instituto de Normalización Previsional, informará a las instituciones pagadoras, cuando corresponda, si un beneficiario de pensión básica solidaria es carente de recursos.
Mas informacion de tus derechos previsionales en los
siguientes Manuales on line:

0 comentarios:

Twitter Delicious Facebook Digg Stumbleupon Favorites More